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Jueves 26 diciembre de 2019 | Publicado a las 13:49

Por Maria Jose Villarroel

Fuente RBB

La Corte Suprema confirmó la sentencia que condenó a la inmobiliaria Cerro Apoquindo Limitada por los defectos de construcción que presentó un departamento ubicado en calle Gran Vista, en la comuna de Las Condes, región Metropolitana.
De acuerdo a un fallo unánime, la Cuarta Sala del máximo tribunal declaró inadmisible el recurso de casación en la forma y rechazó el recurso de casación en el fondo presentados en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago, que estableció la responsabilidad de la empresa por los defectos en el inmueble y ordenó una indemnización.
En la demanda se acusó que el departamento que compraron los afectados presentó defectos en su construcción, los cuales consistieron en el reemplazo del piso y del revestimiento de piedra de la terraza principal, filtraciones que obligaron a desarmar completamente una de las terrazas y la escalera que unía los dos pisos. Estas obras finalizaron dos años después que comenzaran a vivir en él.
De esta manera, en el fallo se estableció que “se impuso a la parte demandante la de acreditar los presupuestos de su demanda de indemnización de perjuicios, que pudo hacerlo, según lo resuelto, sólo en lo referente al daño moral, desestimando en lo demás su pretensión, tras considerarse que la única que ofreció, consistente en testimonial, fue insuficiente, mismo defecto atribuido a la prueba de la demandada, que no fue capaz de comprobar la diligencia suficiente concerniente a la exclusión de su responsabilidad por los perjuicios morales provocados a los actores”.
Además, se mencionó que “no es racionalmente esperable que un inmueble recién construido presente fallas que importen el reemplazo de una terraza y de su escalera, entre otros, y que se extendieron por más de dos años desde que comenzaron a habitar el inmueble, provocándose una natural molestia que debe ser reparada por aquel que vendió el departamento en defectuosas condiciones, perjuicios que, finalmente fueron prudencialmente determinados por la magistratura en la suma de $9.000.000″.