11 de Septiembre de 2013/SANTIAGO Jaime Caniuqueo Navarrete, acusado por la Fiscalía Centro Norte como autor de los delitos de parricidio y violación con homicidio cometidos en contra de su padre y su madre en un hecho ocurrido en febrero de 2012 en Quilicura, se toma el rostro mientras la magistrado Claudia Camus le da a conocer su sentencia. El imputado fue sentenciado a presiduo perpetuo calificado. FOTO: HANS SCOTT/AGENCIAUNO
14 mayo 2019./. 12:00horas
Por Valentina Gonzales
El Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó a un hombre a 10 años de cárcel como autor del delito consumado de robo con violencia, esto, por un asalto ocurrido en octubre de 2017 en Quinta Normal.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que la víctima caminaba junto a su hermano cuando un hombre lo tomó “violentamente del cuello y lanzándolo al suelo, provocando la caída del teléfono marca Sony, modelo M2, color negro, aprovechando el acusado para apropiarse de él y darse a la fuga“.
Producto de la agresión, la víctima resultó con lesiones equimóticas en rostro, rodilla derecha y muñeca derecha de carácter leve.
En la determinación de la pena, “el tribunal compartió la apreciación de la fiscalía en cuanto que el enjuiciado no colaboró, sino que sólo negó los hechos, intentando desvirtuarlos en todo momento para evitar la condena, proporcionando una versión acomodaticia basada en la pronta recuperación de la especie sustraída que él alejó de sí, tan pronto se vio acorralado”.
“En definitiva, perjudicándole una agravante y no favoreciéndole ninguna atenuante, el tribunal deberá dar aplicación a lo dispuesto en el artículo 449 Nº 2 del Código Penal, esto es, deberá excluirse el grado mínimo de la pena”. En ese entendido, la pena a aplicar será la de presidio mayor en su gramo medio. Dentro del rango de tiempo que se contempla en dicho grado, se fijará la cuantía específica de la pena corporal teniendo presente la pronta recuperación de la especie robada y la falta de lesiones corporales de mediana entidad, en la víctima”, detalló el tribunal.